Chilpancingo, Gro., 17 de junio de 2024.- El Congreso del Estado aprobó la Ley de Atención a Desastres, Reconstrucción y Recuperación del Estado de Guerrero, con el propósito de establecer mecanismos de acción y reacción para que las autoridades estatales y municipales actúen eficazmente antes y durante emergencias ocasionadas por fenómenos naturales. La ley también define las acciones inmediatas para la reconstrucción de infraestructura y la reactivación de actividades económicas.

Las Comisiones Unidas de Protección Civil y de Justicia, después de evaluar los motivos, la trascendencia y los alcances de la iniciativa, concluyeron que esta se basa en disposiciones constitucionales y legales pertinentes. Determinaron que la iniciativa es legal y homogénea en sus criterios normativos, sin contradecir ninguna normativa jurídica existente.

Los legisladores subrayaron que Guerrero es una región con constante riesgo sísmico y diversos desastres que afectan tanto a comunidades como a familias individuales. Estos eventos dejan secuelas emocionales y daños en propiedades, servicios y el medio ambiente, con costos imprevisibles.

Por ello, respaldaron la iniciativa promovida por el diputado Héctor Apreza Patrón, que busca facilitar la recuperación tras desastres naturales, estableciendo parámetros de corresponsabilidad, acciones para la recuperación económica, restablecimiento de cadenas productivas y servicios, y la creación de esquemas de ingreso y autoempleo, garantizando los derechos humanos de las víctimas.

La ley también prevé la creación de un Consejo Consultivo de Reconstrucción y/o Emergencia Económica, que servirá como una instancia de consulta y vinculación entre sectores laborales, sociales, empresariales y financieros, el Poder Ejecutivo estatal y las organizaciones del sector productivo.

Además, la ley adopta un enfoque organizativo y preventivo, equiparando el riesgo, la emergencia y el desastre, y abarcando fenómenos geológicos, hidrometeorológicos, químicos, sanitarios y socio-organizativos, así como nuevos tipos de fenómenos naturales y causados por el hombre.

Las autoridades estatales y municipales están obligadas a reconocer, facilitar y promover la participación de la sociedad civil organizada en el diseño e implementación de políticas públicas para la preparación, auxilio, atención, y procesos de reconstrucción y restablecimiento ante desastres. La ley también regula las acciones de voluntarios y brigadistas, así como la recepción y distribución de donaciones y asistencia humanitaria, para salvaguardar la integridad física, emocional, patrimonial y económica de los afectados.

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